ÍNDICE
2. DISPOSICIONES GENERALES (COMUNES A TODOS LOS SUPUESTOS)
2.3. Exenciones y bonificaciones
2.4. Becas, convalidaciones y reconocimientos
2.5. Formalización y documentación
3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS (SEGÚN SUPUESTOS PUNTO 1)
ALUMNOS QUE SUPERAN LAS ASIGNATURAS EN JUNIO: 1 A 16 DE JULIO.
ALUMNOS CON ASIGNATURAS PENDIENTES PARA SEPTIEMBRE: 4 A 6 DE SEPTIEMBRE.
ALUMNOS QUE OBTIENEN VACANTE EN LA PRUEBA DE ACCESO (1º ELEMENTAL): 23 A 25 DE SEPTIEMBRE.
TRASLADOS DESDE CONSERVATORIOS NO TITULARIDAD ADMINISTRACIÓN CASTILLA Y LEÓN: 23 A 25 DE SEPTIEMBRE.
2.1. Importe de la matrícula:
El importe de la matrícula será el resultado de sumar al precio de las asignaturas en las que el alumno/a se matricule los precios por servicios de secretaria.
-Importe por asignatura:
1º MATRÍCULA |
2º MATRÍCULA |
3º MATRÍCULA |
|
ENSEÑANZAS ELEMENTALES |
52,62 € |
78,94 € |
126,30 € |
ENSEÑANZAS PROFESIONALES |
68,41 € |
102,62 € |
164,15 € |
-Importe por servicios de secretaría:
a) Apertura de expediente académico (primera matrícula en cada especialidad): 30,36 €.
b) Servicios administrativos (cada curso): 21,05 €.
El alumnado podrá optar entre hacerlo efectivo en un solo pago o fraccionarlo en tres pagos. En caso de fraccionamiento, el primer pago, por el 40% del total, se abonará al formalizar la matrícula, el segundo pago, por el 30% del total, se abonará entre el 1 y el 15 de diciembre, el tercer pago, por el 30% restante, se abonará entre el 1 y el 15 de marzo. Los servicios de secretaría se abonarán íntegramente en el primer pago.
La liquidación de precios públicos se realizará utilizando el modelo general para tasas y precios públicos aprobado por la Consejería de Hacienda.
2.3. Exenciones y bonificaciones:
a) Alumnado miembro de familia numerosa:
Bonificación del 50% del importe de la matrícula en el caso de las familias numerosas de categoría general.
Exención de pago del importe de la matrícula en el caso de las familias numerosas de categoría especial.
Esta circunstancia se justificará aportando copia del correspondiente título oficial. No obstante, el alumnado miembro de familia numerosa cuyo título hubiera sido expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León podrá autorizar a dicha administración la comprobación de los datos de familia numerosa.
b) Alumnado con discapacidad:
Exento del pago de los precios públicos el alumnado que acredite tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Esta circunstancia se justificará mediante copia del documento que acredite el grado de discapacidad. No obstante, cuando los datos obren en fichero de personas con discapacidad de la Comunidad de Castilla y León, se podrá autorizar a dicha administración la comprobación de los datos.
c) Víctimas de actos terroristas:
Exento del pago de los precios públicos el alumnado que haya sido víctima de actos terroristas o sea hijo o cónyuge no separado legalmente de fallecidos o heridos en actos terroristas.
Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de informe del Ministerio del Interior, resolución de reconocimiento por la Administración General del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo, o sentencia judicial firme.
d) Víctimas de violencia de género:
Exentas del pago de los precios públicos las alumnas que acrediten ser víctimas de violencia de género o cuyas progenitoras la sufran.
Esta circunstancia se acreditará mediante copia de la resolución judicial, sentencia firme, certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios, informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios.
2.4. Becas, convalidaciones y reconocimientos:
El alumnado becado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional estará exento del pago de los precios públicos de primera matrícula y de los servicios de secretaria en las enseñanzas para las que haya sido becado.
Podrá formalizar la matrícula sin previo pago de los precios públicos aportando copia de la solicitud de beca.
Una vez resuelta la convocatoria de becas, se deberá presentar en la secretaría del centro la credencial correspondiente en el plazo máximo de 10 días hábiles desde su recepción, debiendo, en caso contrario, satisfacer los precios públicos correspondientes.
El alumno que tuviera asignaturas convalidadas o créditos reconocidos en el momento de formalización de la matrícula no deberá abonar su importe.
El alumnado que solicite convalidaciones o reconocimientos podrá formalizar la matrícula sin el pago de los precios públicos. En caso de resolución denegatoria deberá satisfacerlos en el plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la notificación.
2.5. Formalización y documentación
La formalización de la matrícula requerirá el pago de los precios públicos y la presentación de la siguiente documentación:
-Impreso de matrícula (se facilitará desde la secretaría del Conservatorio). Instrucciones formulario.
-Cuestionario sobre datos de escolarización del alumno/a.
-Consentimiento informado sobre tratamiento de imágenes/voz del alumno.
-Modelo 046, acreditativo del pago de los precios públicos (instrucciones de uso del modelo 046 para el pago de matrícula) y documentación justificativa en caso de bonificación o exención.
La documentación, debidamente cumplimentada y firmada, podrá presentarse, siempre dentro del plazo establecido, en la secretaría del centro o enviarse escaneada al correo 40004531.admin@educa.jcyl.es indicando en el asunto “Matrícula, nombre del alumno/a”.
Información AMPA y formulario de inscripción.
3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS (SEGÚN SUPUESTOS)
1. Los alumnos que superan todas las asignaturas en junio se matricularán, con arreglo a las disposiciones generales, en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 16 de julio.
2. Los alumnos con asignaturas pendientes para septiembre se matricularán, con arreglo a las disposiciones generales, en el periodo comprendido entre el 4 de septiembre y el 6 del mismo mes. Las pruebas extraordinarias tendrán lugar entre el día 2 y el 3 de septiembre.
3. Reingreso: los alumnos que deseen reingresar en el mismo conservatorio habiendo transcurrido un máximo de dos cursos académicos desde que abandonaron sus estudios, se matricularán entre el 1 de septiembre y el 6 de septiembre. No obstante, con carácter previo a la matriculación deberán presentar la solicitud de admisión conforme a lo establecido en la Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial. El plazo para la presentación de la solicitud tendrá lugar entre el 15 de julio y el 30 de agosto.
4. El alumnado que solicite el traslado de matrícula desde otro conservatorio de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se matriculará entre el día 11 y el 13 de septiembre, siempre que se les haya adjudicado vacante en las listas que se publicarán el 10 de septiembre. No obstante, con carácter previo a la matriculación, deberán presentar la solicitud de admisión conforme a lo establecido en la Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial. El plazo para la presentación de la solicitud tendrá lugar entre el 15 de julio y el 30 de agosto.
5. El alumnado que haya obtenido vacante en la prueba de acceso para enseñanzas profesionales se matriculará en el periodo comprendido entre el 11 de septiembre y el 13 del mismo mes. Podrán comprobar la adjudicación de vacantes en las listas que se publicarán el 10 de septiembre.
6. El alumnado que haya obtenido vacante en la prueba de acceso para enseñanzas elementales (2º, 3º y 4º curso) se matriculará en el periodo comprendido entre el 17 de septiembre y el 19 del mismo mes. Podrán comprobar la adjudicación de vacantes en las listas que se publicarán el 16 de septiembre.
7. El alumnado que haya obtenido vacante en la prueba de acceso para 1º de enseñanzas elementales se matriculará en el periodo comprendido entre el 23 de septiembre y el 25 del mismo mes (Podrán comprobar la adjudicación de vacantes en las listas que se publicarán el 20 de septiembre). Con carácter previo deberá presentar la solicitud de especialidades instrumentales en el plazo comprendido entre el 17 de septiembre y el 19 del mismo mes (a modo orientativo podrán consultar las vacantes existentes en cada especialidad en los listados que se publicarán el 15 de septiembre).
8. El alumnado que desee cursar una segunda especialidad y tenga concedida la simultaneidad se matriculará en el periodo comprendido entre el 23 y el 25 de septiembre. Podrá verificar si ha obtenido vacante en la nueva especialidad en las listas publicadas el 20 de septiembre.
9. El alumnado que solicite el traslado de matrícula desde conservatorios que no sean de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se matriculará entre el día 23 y el 25 de septiembre, siempre que se le haya adjudicado vacante en las listas que se publicarán el 20 de septiembre. No obstante, con carácter previo a la matriculación, deberá presentar la solicitud de admisión conforme a lo establecido en la Resolución de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial. El plazo para la presentación de la solicitud tendrá lugar entre el 15 de julio y el 30 de agosto. Al matricularse en un centro de la Comunidad de Castilla y León deberá abonar en éste los precios públicos por apertura de expediente, matrícula y servicios administrativos.
10. En el resto de casos (traslado de prueba de acceso desde conservatorios de titularidad de la Administración de Castilla y León, alumnos que obtengan plaza por desistimiento o anulación de matrícula, vacantes surgidas una vez iniciado el curso…) la matriculación tendrá lugar, a partir del 26 de septiembre, en los dos días hábiles siguientes a la notificación de la vacante.
4. NORMATIVA SOBRE PROCESOS DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN 2023-2024:
-RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convoca el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios profesionales de música de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2024/2025.